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Igualdad de oportunidades
es la ley

Si cree que ha sido objeto de discriminación,

Por favor contactar: Barbara.White@niwb.org

Descargue los folletos de EO aquí:

LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES ES LA LEY

Es contra la ley que este destinatario de asistencia financiera federal discrimine por las siguientes razones: contra cualquier individuo en los Estados Unidos, por motivos de raza, color, religión, sexo (incluidos embarazo, parto y condiciones médicas relacionadas, estereotipos sexuales, estado transgénero e identidad de género), origen nacional (incluido el dominio limitado del inglés), edad, discapacidad o afiliación o creencia política, o contra cualquier beneficiario, solicitante o participante en programas asistidos financieramente bajo el Título I de la Ley de Innovación y Oportunidad en la Fuerza Laboral, por motivos de estado de ciudadanía del individuo o participación en cualquier programa o actividad asistido financieramente por el Título I de WIOA.

El destinatario no debe discriminar en ninguna de las siguientes áreas: decidir quién será admitido o tendrá acceso a cualquier programa o actividad con asistencia financiera del Título I de WIOA; brindar oportunidades o tratar a cualquier persona con respecto a dicho programa o actividad; o tomar decisiones de empleo en la administración de o en conexión con dicho programa o actividad.

Los beneficiarios de asistencia financiera federal deben tomar medidas razonables para garantizar que la comunicación con las personas con discapacidad sea tan eficaz como la comunicación con otras personas. Esto significa que, previa solicitud y sin costo alguno para la persona, los beneficiarios deben proporcionar ayudas y servicios auxiliares adecuados a las personas con discapacidad que cumplan los requisitos.

QUÉ HACER SI CREE QUE HA SUFRIDO DISCRIMINACIÓN

Si cree que ha sido objeto de discriminación en virtud de un programa o actividad con asistencia financiera del Título I de WIOA, puede presentar una queja dentro de los 180 días a partir de la fecha de la presunta infracción ante:

Oficial de igualdad de oportunidades del destinatario

Bárbara White

220 W. Colfax Avenue-Ste. 500

South Bend, IN 46601

574-233-6175

bwhite@gotoworkone.com

El Director del Centro de Derechos Civiles (CRC)

Departamento de Trabajo de los Estados Unidos

200 Avenida Constitución NW,

Habitación N-4123

Washington, D.C. 20210

o electrónicamente según las instrucciones del sitio web del CRC en www.dol.gov/crc .

Si presenta su queja ante el destinatario, debe esperar hasta que el destinatario emita un Aviso de Acción Final por escrito o hasta que hayan transcurrido 90 días (lo que ocurra primero) antes de presentarla ante el Centro de Derechos Civiles (vea la dirección anterior). Si el destinatario no le entrega un Aviso de Acción Final por escrito dentro de los 90 días posteriores a la fecha en que presentó su queja, puede presentar una queja ante el CRC antes de recibir dicho Aviso. Sin embargo, debe presentar su queja ante el CRC dentro de los 30 días posteriores a la fecha límite de 90 días (en otras palabras, dentro de los 120 días posteriores a la fecha en que presentó su queja ante el destinatario). Si el destinatario le entrega un Aviso de Acción Final por escrito sobre su queja, pero no está satisfecho con la decisión o resolución, puede presentar una queja ante el CRC. Debe presentar su queja ante el CRC dentro de los 30 días posteriores a la fecha en que recibió el Aviso de Acción Final.

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